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TEMA 2 P.I 2.- "MENSURA"

MENSURA
1.0 DEFINICION.-

Se trata de un procedimiento cuyo único objeto es confirmar por medio de una operación técnica los límite de un terreno, sin perjuicio de los derechos del lindero.
O, como lo expresa en forma mucho más completa Alsina, es la operación técnica que tiene por objetó la ubicación del titulo sobre el terreno, trazando su forma geométrica en un plano, que es la expresión gráfica de las indicaciones contenidas en el título, para comprobar si la superficie poseída es la que este indica y determinar, en su caso, la de la porción que falte dentro de las propiedades vecinas.


Habitualmente asociamos a la palabra Mensura con "Medir". Pero una definición más apropiada es "la determinación, medición, ubicación y documentación en un plano de los inmuebles y sus límites conforme a las causas jurídicas que los originan, es decir la aplicación del Título de propiedad al terreno propiamente dicho."

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2.0.PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA MENSURA.-
Los principios fundamentales de la mensura son: de identidad, de delimitación, de ubicuidad, de publicidad, de legitimidad y de autenticidad.
Identidad: exige que la mensura identifique inequívocamente las causas jurídicas que se aplican al territorio, diferenciando dominio de posesión o mera ocupación. 
Delimitación: exige que el límite entre dos parcelas contiguas sea incidente en forma simultánea a ambas parcelas conforme a elementales principios topológicos expresados en la teoría de grafos.
Ubicuidad: establece que la ubicación debe ser única. El plano de mensura debe contener todos los elementos necesarios para ubicar indubitablemente la o las parcelas que representa.
Publicidad: establece la presunción que la documentación obtenida (el plano), una vez inscripta en la sede catastral es conocida por terceros a través de la publicidad de los estados parcelarios que brindan los registros catastrales.
Legitimidad: establece la presunción de que la aplicación territorial del derecho realizada a través de la mensura inscripta en el organismo catastral es correcta
Autenticidad: exige que el plano de mensura esté certificado por profesional habilitado para el ejercicio de la agrimensura.
Debe quedar en claro, por lo tanto, que el término MENSURA comprende una serie de operaciones complejas, entre las que también se incluye la medición como una parte importante del conjunto, pero no como única protagonista ni como un fin en sí misma.
3.0 CLASIFICACION DE MENSURAS SEGUN LAS INSTRUCCIONES GENERALES PARA MENSURAS.-
PARTICULARES: son aquéllas cuyo objeto es deslindar bienes del dominio privado de los particulares (constituyen el porcentaje más elevado dentro del ejercicio de la profesión). Se ejecutan de conformidad a títulos de propiedad o están destinadas a determinar la extensión territorial del “ánimus domine” de un poseedor para la adquisición, judicial o administrativa, del dominio. Las mensuras particulares pueden ser ordenadas por particulares, reparticiones públicas o autoridad judicial. Nota: las mesuras para prescripción adquisitiva de dominio, son encargadas por el poseedor. No son mensuras judiciales.
JUDICIALES: son las ordenadas por el juez para juicios de mensura, deslinde por confusión de límites y reposición de mojones. 
ADMINISTRATIVAS: son las destinadas a deslindar bienes del dominio público del Estado Cabe aclarar que no deben encuadrarse en esta categoría a aquellas mensuras que, por mandato administrativo, se realizan de inmuebles del dominio privado declarados de utilidad pública, las cuales son solo de derecho privado, no administrativo

4.0 EJECUCIÓN DE UNA MENSURA 
Los aspectos esenciales en la ejecución de una mensura, deben seguir una secuencia lógica, si bien no es estricto el orden de algunos pasos. Se divide en un antes, durante y despues de ir al terreno. Se inicia con la relación que debe existir entre el cominente y el profesional de la mensura, donde el comitente es quien encarga el trabajo y no necesariamente debe ser un propietario (puede ser un adquirente por boleto, una empresa privada o estatal, un organismo público, etc.) Veremos ahora cuáles son las tareas que incluye cada etapa:

ANTES
 a) Identificación del tipo de trabajo a realizar.
 b) Verificación de la factibilidad de ese trabajo, consultando las Normas de Subdivisión del suelo. (Recordemos que en el caso de mensuras rurales la ley 12.749 plantea excepciones a la ley 9.319 por un período de dos años y bajo determinadas condiciones pueden efectuarse subdivisiones rurales por debajo de la superficie mínima establecida por la unidad económica, siendo el ente Regulador el Ministerio de la Producción). Si se trata de mensuras urbanas, las dimensiones del lote mínimo y por lo tanto la posibilidad de efectuar subdivisiones está establecida por los planes reguladores o directores de cada Municipio; o sea, que es allí donde deberemos consultar.
 c) Presupuestar el trabajo al comitente. Si éste va a requerir los servicios, deberá firmar una orden de trabajo a modo de contrato. Para el cálculo del monto definitivo que se deberá abonar por el trabajo, solicitaremos el Nº de Partida de Impuesto Inmobiliario, con el cual podemos acceder a la base de datos del Servicio de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T.) y obtener así los avalúos oficiales que servirán de base para nuestro cálculo. 
Precio = Honorarios + Aportes de Ley al + Gastos Colegio de Profesionales y la Caja de Ingeniería
DURANTE 
1) Constituirse en el terreno con todos los elementos necesarios para realizar el trabajo. 
2) Evaluar y decidir el método de medición. 
3) Buscar mojones y puntos de arranque para comenzar las operaciones topográficas de replanteo o aplicación del título al terreno en base a mojones esquineros existentes, anchos totales y parciales de calles, largos de cuadra, planos antecedentes, etc
4) Replanteo del título o del plano de mensura antecedente, es decir, determinación de los límites jurídicos y amojonamiento de los mismos (siempre que se pueda). Cada profesional puede usar un tipo de mojón propio, por ejemplo con determinados colores. El comitente debe ver los mojones colocados y de ser necesario, se le puede hacer firmar un acta de amojonamiento. 
5) Relevamiento topográfico de todos los elementos o hechos físicos vinculados con los límites jurídicos.
DESPUÉS

1.GABINETE: (Confección del plano de mensura en base a la normativa vigente). Es una tarea exclusiva del profesional.
  • Cálculo geométrico del relevamiento efectuado. Para determinar los polígonos de mensura son necesarios los arranques, anchos oficiales de calles, largos de cuadra y líneas municipales. Permite definir el cierre de los polígonos de mensura (ángulos de cálculo, ángulos y lados compensados, superficie) y verificar si los elementos físicos coinciden o no con los jurídicos
  • Confección del plano según las normas u ordenanzas vigentes en la Provincia en donde se esté trabajando
  • Obtener un original del plano de mensura – ploteo en vegetal (reproducible).
2.GESTORÍA O TRAMITACIÓN: estas tareas conducen a la inscripción del plano en el S.C.I.T., es decir, a la registración oficial en el Estado (lo que se traduce en publicidad inmobiliaria y oponibilidad de nuestro documento final a terceros). Algunas de ellas pueden derivarse a un gestor
  •  Solicitud de inscripción del plano debidamente firmada por el o los propietarios (todos).
  • Pago de sellados Provinciales y Municipales necesarios para la visación y posterior inscripción del plano. La visación previa se realiza en Catastro Municipal - en el caso de mensuras urbanas - y en el S.C.I.T. – solamente para mensuras posesorias o de inmuebles mal empadronados
  • Obtención de las copias del plano requeridas para realizar la tramitación necesaria.
  • Armado de los expedientes de mensura para cada una de las reparticiones donde haya que presentar el plano
  • Obtención de los Estados de cuenta al día del impuesto inmobiliario provincial y eventualmente certificados de libre deuda de tasas municipales o comunales, de lo contrario, no podrá concretarse la inscripción definitiva
5.0 EJEMPLO DE LEVANTAMIENTO DE UN TERRENO CON CINTA.- 
El levantamiento es un punto fundamental en la elaborarior del plano de mensura de un terreno, este define los limites, los angulo y el tamaño del terreno.



BIBLIOGRAFIA.-

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